COCIQROO a sindicatos: Unanse, para enfrentar colectivamente la ofensiva antisindicalista del gobierno federal y estatal

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

CC Secretarios Generales de SUTUEQROO, SUTUQROO y SITEQROO,

P r e s e n t e s.

Me permito comuncarles que en los resolutivos 2.5 y 2.17, del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, se acordó que el COCIQROO se convirtiera en el ente catalizador de la efectiva coordinación de los tres sindicatos recientemente formados (SITEQROO, SUTUQROO y SUTUTEQROO), necesaria para conformar una Central capaz de detener unitariamente la ofensiva de la patronal y de sus órganos de justicia laboral, que hasta ahora han negado a cada uno de ellos el registro administrativo que legalmente tendrían que llevar a cabo de manera expedita. A efecto de que constaten ustedes la fuerza, vigor y alcances de los precepto mencionado, los transcribo a la letra:

“…Resolutivo 2.5.- Resolución 2.5.- Este Tercer Congreso… conmina [al COCIQROO] a apoyar vivamente la iniciativa de crear una central que represente los intereses de los segmentos de trabajadores y productores directos, del campo y de la ciudad, que hasta ahora carecen de voz y representación y, por ende, están indefensos frente a las cúpulas de poderes “legalmente constituidos” pero que en su cúpula operan para el exclusivo beneficio de los concentradores de la riqueza social producida en Quintana Roo y México y que, en consecuencia, actúan contra los intereses de estos sectores desprotegidos.

Resolutivo 2.17.- Se resuelve llamar a dirigencias y trabajadores de SUTUEQROO, SUTUQROO y SITEQROO a integrarse a la central objeto de la resolución 2.5, a efecto de hacer una defensa EN COMUN, para derrotar exactamente las MISMAS ofensas que están recibiendo de las instancias que formalmente arbitran y concilian las controversias de carácter laboral en el estado y para evitar la extrema desventaja que en el proceso de lucha sindical representa -ya se ha visto así- el presentarse aisladamente en procesos que se juegan en el terreno de la patronal, con árbitros de la patronal, con espectadores de la patronal y conforme a las reglas del juego de la patronal. por parte de ambos órganos, negándoles lo que legalmente no es posible negar…”

Con la seguridad de que este escrito servirá para que encuentren ustedes en el COCIQROO el terreno propicio para la concertación, estoy a su disposición en los datos al calce, con nuestra plena disposición para iniciar, de inmediato, los trabajos orientados a la unifación de estrategias y tácticas de lucha sindical.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p. CC secretarios generales de SUTUQROO, SITEQROO y SUTUTEQROO.

c.c.p. Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.

COCIQROO a Presidente Junta Local de Conciliacion y Arbitraje de Quintana Roo: Resuelva conflictos capital-trabajo, con legalidad e imparcialidad

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

C Javier Ernesto Rosado Sauri,

Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Quintana Roo y

Presidente del Tribunal Local de Conciliaci´n y Arbitraje de Quintana Roo.

Le comunico que en el resolutivo 2.16, del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, se acordó conminarle a garantizar que el órgano presidido por usted imparta justicia laboral de manera REALMENTE independiente, imparcial y legal, tal y como es su obligación hacer en el caso de controversias entre capital y trabajo, particularmente en el caso de los registros administrativos solicitados –y negados ilegalmente de manera reitarada- por tres sindicatos en el pasado inmediato: SITEQROO, SUTUQROO y SUTUTEQROO. A efecto de que constate usted la fuerza, vigor y alcances del precepto mencionado, lo transcribo a la letra:

“…Resolutivo 2.16.- Por primera y única vez se conmina, respetuosamente pero con toda fuerza y vigor, al Presidente y a los plenos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y del Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Quintana Roo, a que cumplan con su obligación LEGAL de impartir justicia imparcial y expedita, sacudiéndose toda ingerencia y consigna política que reciban de los patrones directamente involucrados, de la Secretaría General de Gobierno y/ó de la Secretaría del Trabajo del Gobierno de Quintana Roo, y a que procedan de inmediato a resolver favorablemente las solicitudes de registro administrativo del Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad de Quintana Roo SUTUQROO, del Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad Tecnológica del Estado de Quintana Roo SUTUTEQROO y del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Educación de Quintana Roo SITEQROO, que hasta ahora han recibido el mismo tratamiento ilegal por parte de ambos órganos, negándoles lo que legalmente no es posible negar…”

Con la seguridad de que este escrito servirá para que encuentre cauce nuestra atenta pero firme conminación, eEstoy a su disposición para cualquier aclaración ó abundamiento a lo arriba establecido.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p. CC secretarios generales de SUTUQROO, SITEQROO y SUTUTEQROO.

c.c.p. Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.

COCIQROO a Gobernador de Quintana Roo: ¡Manos fuera, de Secretarios y Subsecretarios, de Junta Local de Conciliacion y Arbitraje!

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

C. Félix González Canto,

Titular del Poder Ejecutivo,

Estado Libre y Soberano de Quintana Roo,

Solicito respetuosa y atentamente su intervención, a efecto de que funcionarios de segundo y tercer nivel de la administración sexenal encabezada por usted cesen su intervención sobre el Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y sobre el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje, que han traído como consecuencia en reiteradas ocasiones el que éstos órganos de arbitrio en los conflictos trabajo-capital, resuelvan y sentencien de manera totalmente parcial y a todas luces ILEGAL, obligando al trabajador y sus representantes a buscar y obtener el amparo de la justicia federal una y otra vez con las acciones del TLCA y la JLCA, en un ciclo que pareciera un juego interminable e innecesario de desgaste al trabajador.

Se hace lo anterior de su conocimiento, con la petición específica de que la solicitada intervención suya tenga lugar en el caso concreto de la solicitud de registro del Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad de Quintana Roo SUTUQROO, para que cese de inmediato el tráfico de influencias del patrón y rector de la Universidad de Quintana Roo, de nombre José Luis Pech Várguez, ahora con funcionarios de la Secretaría del Trabajo y, antes, con la Secretaría de Gobierno. Le pido encarecidamente que explique a los funcionarios involucrados, que los sindicatos de trabajadores no son lenemigos a vencer y sí, en cambio, pueden ser aliados invaluables en la lucha por la transformación cualitativa de la sociedad quintanarooense, en el sentido del progreso social, la democratización política y la justicia para todos.

Expongo y solicito lo anterior, por mandato del Tercer Congreso del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, realizado del 10 al 18 de marzo del 2009, que en su Resolutivo 2.14, a la letra, dice:

“…Se resuelve condenar enérgicamente las medidas que el patrón de la Universidad de Quintana Roo, José Luis Pech Várguez, está tomando para disolver al Sindicato Unico de Trabjadores de Quintana Roo SUTUQROO, constituído el 20 de junio del 2008, tales como el despido ilegal e injustificado de los dirigentes de sindicatos, terrorismo laboral, despidos injustificados contra sindicalizados y misogenia con alevosía, premeditación y ventaja, colusión y tráfico de influencias con funcionarios y servidores públicos de segundo y tercer nivel jerárquico en el Gobierno del Estado, para que la Junta y el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje de Quintana Roo, actúen cínica, parcial y arteramente en contra de los procesos legales que sindicato y trabajadores emprenden en su contra .

A t e n t a m e n t e ,

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

C Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central

c.c.p. CC Secretarios Generales de SUTUQROO, SITEQROO y SUTUTEQROO

COCIQROO a Diputados: Voten EN CONCIENCIA, durante Juicio Politico al Rector de la UQROO, Jose Luis Pech Varguez

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

C Luis González Flores,

Diputado presidente de la Gran Comisión,

XII Legislatura del Congreso de Quintana Roo

Le comunico que en el resolutivo 2.15, del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, se acordó apoyar la demanda de juicio al rector de la Universidad de Quintana Roo, de nombre José Luis Pech Várguez, político interpuesta el pasado 20 de febrero. A efecto de que constate usted la fuerza, vigor y alcances del precepto mencionado, lo transcribo a la letra:

“…Resolutivo 2.15.- Se apoya claramente y en todas y cada una de sus partes, el proceso de juicio político en contra del señor José Luis Pech Várguez, que el 20 de febrero solicitó la ciudadanía quintanarooense a la XII Legislatura del Congreso de Quintana Roo. Exhorta a los diputados que ocupan sus puestos para representar a los electores de los Distritos I, II, III, IV y V que de inmediato soliciten, por escrito y en público, a la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, que emita a la brevedad perentoria la declaratoria de procedencia de esta solicitud de juicio político. Llama a los restantes diez diputados que son responsables ante los ciudadanos que los eligieron, a que apoyen en consciencia el proceso de juicio político y a que antepongan los intereses de la Universidad de Quintana Roo y del Estado, a cualquier consigna ó “línea” que pudieran recibir en sentido contrario; llama al conjunto de 25 diputados que conforman la XII Legislatura, a cumplir con su responsabilidad histórica, juzgando a Pech Várguez y, en caso de encontrarlo culpable, sancionarlo con inhabilitación para ejercer cargos públicos..”

Solicítole tomar nota del apoyo del COCIQROO a la demanda de juicio político a José Luis Pech Várguez, y que sea tan amable de comunicarle el exhorto y los llamados arriba mencionados, a sus compañeros diputados.

Estoy a su disposicón para cualquier aclaración ó abundamiento a lo arriba establecido.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p. C Pablo Poot, Presidente de la Comisión de Justicia, XII Legislatura Q. Roo

c.c.p. Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.

COCIQROO a sindicalizados INAH: Apoyo total en lucha para que zonas arqueologicas permanezcan como patrimonio cultural de los mexicanos

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

C Jaime Garduño,

Delegación Sindical de Arqueólogos y Antropólogos del INAH,

Sección X- SNTE

P r e s e n t e.

Le comunico que en los resolutivos 2.11 y 2.12,del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, se acordó apoyar y hacer nuestra la lucha que libra el personal científico-social y humanista del Instituto Nacional de Antropología e Historia, orientada a evitar que los basiones de la cultura milenaria mexicana se conviertan en mercancía de las empresas transnacionales que todo lo comrcializan para beneficio de sus corporativos: ello, tratándose del caso concreto de Teotihuacán, y de todos los sitios arqueológicos del país. A efecto de que constate usted la fuerza, vigor y alcances de los dos preceptos mencionados, los transcribo a la letra:

“… Resolutivo 2.11.- Se apoya, por unanimidad y aclamación la demanda de detener, revertir y juzgar penalmente a los culpables del avasallamiento neocolonial que las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia ya han autorizado y han empezado a emprender, en el Centro Ceremonial de Teotihuacan, con el proyecto que busca convertir a este bastión de nuestra culturna milenaria, en un remedo de Disneyland.

Resolutivo 2.12.- Se mandata al COCIQROO a hacer suya la bandera que enarbolan los trabajadores sindicalizados del INAH en Quintana Roo, para que todas y cada una de las zonas arqueológicas de México y enespecial Quintana Roo, se constituyan y operen como zonas de patrimonio cultural de los Mexicanos, sin ningún tipo de “comercialización neoliberal” vinculada a ellas.”

Solicítole tomar nota de lo anterior, y comunicárselo a sus compañeros, que lo son también de todo integrante del COCIQROO.

En nuestra organización, encontrarán siempre una mano fraterna.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p. Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.

Tercer Congreso, 2009, del COCIQROO: Resolutivos Clarifican el Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal que se Construye en2009-2012

marzo 29, 2009

Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México

Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense Por La Dignificacion De Mexico: Refundando La Republica (Chetumal, Quintana Roo, 10 al 18 de marzo del 2009)

En lo general, se resuelve recomendar que, del 2009 al 2011, los líderes de la sociedad mexicana ciudadanizada acometan la mejoría verificable del quehacer de los gobiernos locales que se constituyan para contribuir a la FUNDACION DE LA NUEVA REPUBLICA MEXICANA. Proponemos que se lleve a cabo este cambio, con métodos, técnicas y procedimientos que deriven coherentemente de un pensamiento social fragüado al calor del combate cívico, pacífico y legal; tal como el construido a partir de las resoluciones aprobadas en el Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México COCIQROO, realizado del 10 al 18 de marzo del 2007 en el Centro Histórico de la Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, Estados Unidos Mexicanos. Los últimos tres años de experiencia muestran que es factible que este pensamiento social sea una buena guía para la transformación cualitativa de nuestra sociedad al nivel local. Ello, siempre y cuando sea utilizado conforme a un proceso de ejercicio de autoridad y poder que corresponda al de una pirámide invertida, donde las mayorías (arriba), REALMENTE ejerzan el mando sobre una minoría de burócratas (abajo). Este pensamiento social nuestro, y que ponemos a disposición de todos los hombres y mujeres libres de Quntana Roo, México y el planeta tierra, ha de ser adaptado a las circunstancias específicas, para ser permanentemente puesto a la prueba de la praxis y enriquecido teóricamente a partir de la constante evaluación de los resultados que se vayan obteniendo.

Las presentes resoluciones están destinadas, pues, también a fungir como aportel a este pensamiento social de los liderazgos orientados a la construcción de la nueva república, al nivel de estados y municipios de México. Ciertamente, fueron formuladas a partir de la experiencia específica de tres años (2006-2009) de la lucha ininterrrumpida que en este sentido viene dando la ciudadanía quintanarroense. Sin embargo, tienen posibilidad de ser apropiadas por los cuadros dirigentes de movimientos ciudadanos orientados en la misma dirección, específicamente en aquellos lugares del país y del mundo quetienen condiciones similares a las que, al término del primer trimestre del 2009, se dan en el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, de los Estados Unidos Mexicanos.

Las resoluciones-fundamento del pensamiento social que guía la construcción ciudadana de la nueva república, son los siguientes:

1)Resolutivo respecto a las características del Gobierno Local, Ciudadanizado, en Quintana Roo.

Resolución 1.1.- La Filosofía Política que en lo general guia la labor 2009-2011 de los gobiernos ciudadanos a nivel municipal y estatal en Quintana Roo, se basa en los elementos sociales, doctrinarios, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en lo particular, se basa en aquellos aspectos teóricos del Lopezobradorismo (Convencion Nacional Democrática, Gobierno Legítimo 2008-2011, Asamblea Nacional, Movimiento Nacional por la Defensa del Petróleo, Movimiento por la Defensa de la Economía Popular) que concuerde con la doctrina social de la carga magna del país.

Resolución 1.2.- A nivel municipal, el gobierno ciudadanizado adoptará la forma de Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal, compuesto por un Presidente, un Síndico y nueve regidores; los GCCM que cubran todo el territorio del Estado de Quintana Roo, serán conformadas por la ciudadanía de manera pacífica, activa, crítica y responsable, en el periodo 2009-2011. En un principio, el gobierno de las Comunas Ciudadanas Municipales será integrado por los Coordinadores de Subcomités Municipales, de cada Comité Municipal del Gobierno Legítimo de México; sesionarán en público, obligatoriamente, por lo menos una vez al mes y tendrán jurisdicción sobre el mismo territorio que el correspondiente a los Municipios instaurados conforfme a la estructura formal de poder actual. Para ratificar ó modificar la composición anteriormente mencionada, en un periodo máximo de 12 meses a partir de su conformación, sera sometido al escrutinio ciudadano por la vía de la elección directa, universal y secreta.

Resolución 1.3.- Los puestos de todo integrante de un GCCM serán estríctamente honoríficos.

Resolución 1.4.- Cada GCCM se vincula de manera fraterna más no subordinada, con la Convención Democrática Nacional, con el Gobierno Legítimo presidido por Andrés Manuel López Obrador y con todas las corrientes sociales y fuerzas del país y del extranjero que buscan la transformación cualitativa de la sociedad en el sentido del progreso, la justicia y la felicidad del ser humano y de los grupos, clases, organizaciones e instituciones que éste finca.

2)Resolutivo respecto a las Bases Sociales de las Comunas Municipales Quintanarooenses

Resolución 2.1.- En el periodo 2009-2011, el Gobierno de la Comuna Ciudadana Municipal emana directamente de la ciudadanía libre, por lo que rendirá cuentas exclusivamente a los individuos, grupos y clases sociales cuya existencia es reconocida y cuya seguridad es declarada como obligación del Estado mexicano, por el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Resolución 2.2.- El GCCM responde a la ciudadanía que lo ha constituído, a través de las organizaciones que la representan, preferentemente acreditadas conforme al derecho y legalidad que sustenta a la estructura formal de poder que en este momento aún padecemos, para eficientar su política de alianzas y sus estrategias y tácticas de participar en los procesos inherentes a la ocupación de espacios de poder y autoridad en los tres poderes formales.

Resolución 2.3.- En lo individual y en conjunto, los Gobiernos de las Comunas Ciudadanas Municipaes conforman la estructura real de poder de la ciudadanía organizada, para enfrentarse a la estructura real de poder de la plutocracia y las oligarquías municipales, estatal, regional y nacional, que han subsumido a los

poderes que hasta 2006 estaban legalmente ó cuasi leglamente constituídos. Ningún gobierno municipal provendrá de, funcionará en aras de, ni rendirá cuentas a, la plutocracia que detenta el poder real ecoómico, político e ideológico en el ámbito transnacional, en México y en Quintana Roo; y que, para ejercer su ilegítimo e ilegal poder, ubica a los representantes directos de sus corporativos en las cáupulas de los poderes legislativo,ejecutivo y judicial; los somete a su control para luego someter al resto de los componentes de estos poderes y vigilar que sus mandatos facciososos cristalicen a través de la cuasi autoridad que ejercen los ocupantes de prácticamente todos los puestos y cargos públicos. instaura una parafernalia de organizaciones de lucha que realmente y en el fondo defienden sus intereses, aunque asuman la figura de organizaciones empresariales, partidos políticos, organizaciones gremiales e incluso organizaciones no gubernamentales.

Resolución 2.4- Para existir y funcionar con legitimidad, cada GCCM auspiciará la organización autogestionaria ciudadana en su jurisdicción; el conjunto de GCCMs hará lo conducente, tratándose de instancias que cubran al estado en suconjunto. Se apoyará, para ello y para cualquier otro menester, en las ya existentes.

Resolución 2.5.- Este Tercer Congreso reconoce que el Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México COCIQROO ha sido pieza clave en su funcionamiento, y lo conmina a organizarse para estar en mejor posición de lidiar con el futuro triunfante de todos los sitios de los municipios de Quintana y lo llama a apoyar vivamente la iniciativa de crear una central que represente los intereses de los segmentos de trabajadores y productores directos, del campo y de la ciudad, que hasta ahora carecen de voz y representación y, por ende, están indefensos frente a las cúpulas de poderes “legalmente constituidos” pero que en su cúpula operan para el exclusivo beneficio de los concentradores de la riqueza social producida en Quintana Roo y México y que, en consecuencia, actúan contra los intereses de estos sectores desprotegidos.

Resolución 2.6.- El COCIQROO se constituirá, en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de hoy, 18 de marzo del 2009, en una asociación civil, cuya filosofía política incluirá los presentes resolutivos.

Resolución 2.7.- Las organizaciones que aglutinan las bases sociales de cada Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal, aplicarán a fondo una intensa y extensa política de alianzas con instancias seleccionadas cuidadosamente para asegurar que comparten realmente el objetivo de construir y ejercer el gobierno de los libres, para transformar cualitativamente a la sociedad mexicana, para beneficio tangible y verificable de las mayorías;

Resolución 2.8.- Se ratifica la alianza suscrita el 11 de febrero del 2009 por el COCIQROO y el Partido del Trabajo en el Estado de Quintana Roo, y que a estas fechas ya abarca a otros ciudadanos y otras organizaciones del amplio espectro político nacional y estatal. Se le conmina a extenderla al máximo de sus posibildades, incorporando a ella a todo ciudadano y organización libre cuidadosamente seleccionado, independientemente de su filiación partidista fijada en términos de las “reglas del juego” de la acotadísima democracia que promueve la estructura formal de poder y sus personajes supraordinantes de México y del extranjero.

Resolución 2.9.- El COCIQROO y organizaciones que la componen, intensificarán de inmediato el proceso de formación de cuadros para el ejercicio del arte de gobernar conforme a los principios de consenso y legitimidad, responsabilidad social, honestidad, eficiencia técnica y revocación del mandato en caso de incumplimiento, dando prioridad a los integrantes de los Gobiernos de las Comunas Ciudadanas Municipales.

Resolutivo 2.10.- Es obligación del COCIQROO hacer suyas y apoyar vivamente, como un todo, las peticiones, quejas, demandas y acuerdos de todas y cada uno de los indiividuos y organizaciones que lo conforman, siempre y cuando concuerden en fondo y forma con los presentes resolutivos.

Resolutivo 2.11.- Se apoya, por unanimidad y aclamación la demanda de detener, revertir y juzgar penalmente a los culpables del avasallamiento neocolonial que las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia ya han autorizado y han empezado a emprender, en el Centro Ceremonial de Teotihuacan, con el proyecto que busca convertir a este bastión de nuestra culturna milenaria, en un remedo de Disneyland.

Resolutivo 2.12.- Se mandata al COCIQROO a hacer suya la bandera que enarbolan los trabajadores sindicalizados del INAH en Quintana Roo, para que todas y cada una de las zonas arqueológicas de México y enespecial Quintana Roo, se constituyan y operen como zonas de patrimonio cultural de los Mexicanos, sin ningún tipo de “comercialización neoliberal” vinculada a ellas.

Rsolutivo 2.13.- Se instruye al COCIQROO para que se mantenga en estado de alerta y presto a apoyar al máximo de sus posibilidades, toda medida que emprendan los individuos y organizaciones que lo componen orientados a ejercer a plenitud y sin cortapisas sus derechos constitucionales de petición pacífica y respetuosa a la autoridad, manifestación de las ideas, publicación de escritos sobre cualquier materia, asociación y sindicación.

Resolutivo 2.14.- El Tercer Congreso resuelve condenar enérgicamente las medidas que el patrón de la Universidad de Quintana Roo, José Luis Pech Várguez, está tomando para disolver al Sindicato Unico de Trabjadores de Quintana Roo SUTUQROO, constituído el 20 de junio del 2008, tales como el despido ilegal e injustificado de los dirigentes de sindicatos, terrorismo laboral, despidos injustificados contra sindicalizados y misogenia con alevosía, premeditación y ventaja, colusión y tráfico de influencias con funcionarios y servidores públicos de segundo y tercer nivel jerárquico en el Gobierno del Estado, para que la Junta y el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje de Quintana Roo, actúen cínia, parcial y artera en contra de los procesos legales que sindicato y trabajadores emprenden en su contra .

Resolutivo 2.15.- Se apoya claramente y en todas y cada una de sus partes, el proceso de juicio político en contra del señor José Luis Pech Várguez, que el 20 de febrero solicitó la ciudadanía quintanarooense a la XII Legislatura del Congreso de Quintana Roo. Exhorta a los diputados que ocupan sus puestos para representar a los electores de los Distritos I, II, III, IV y V que de inmediato soliciten, por escrito y en público, a la Presidencia de la Comisión de Justicia de la

Cámara de Diputados, que emita a la brevedad perentoria la declaratoria de

procedencia de esta solicitud de juicio político. Llama a los restantes diez diputados que son responsables ante los ciudadanos que los eligieron, a que apoyen en consciencia el proceso de juicio político y a que antepongan los intereses de la Universidad de Quintana Roo y del Estado, a cualquier consigna ó “línea” que pudieran recibir en sentido contrario; llama al conjunto de 25 diputados que conforman la XII Legislatura, a cumplir con su responsabilidad histórica, juzgando a Pech Várguez y, en caso de encontrarlo culpable, sancionarlo con inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Resolutivo 2.16.- Por primera y única vez se conmina, respetuosamente pero con toda fuerza y vigor, al Presidente y a los plenos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y del Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Quintana Roo, a que cumplan con su obligación LEGAL de impartir justicia imparcial y expedita, sacudiéndose toda ingerencia y consigna política que reciban de los patrones directamente involucrados, de la Secretaría General de Gobierno y/ó de la Secretaría del Trabajo del Gobierno de Quintana Roo, y a que procedan de inmediato a resolver favorablemente las solicitudes de registro administrativo del Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad de Quintana Roo SUTUQROO, del Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad Tecnológica del Estado de Quintana Roo SUTUTEQROO y del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Educación de Quintana Roo SITEQROO, que hasta ahora han recibido el mismo tratamiento ilegal por parte de ambos órganos, negándoles lo que legalmente no es posible negar.

Resolutivo 2.17.- Se resuelve llamar a dirigencias y trabajadores de SUTUEQROO, SUTUQROO y SITEQROO a integrarse a la central objeto de la resolución 2.5, a efecto de hacer una defensa EN COMUN, para derrotar exactamente las MISMAS ofensas que están recibiendo de las instancias que formalmente arbitran y concilian las controversias de carácter laboral en el estado y para evitar la extrema desventaja que en el proceso de lucha sindical representa -ya se ha visto así- el presentarse aisladamente en procesos que se juegan en el terreno de la patronal, con árbitros de la patronal, con espectadores de la patronal y conforme a las reglas del juego de la patronal.

3)Resolutivo respecto a las Funciones Básicas del Gobierno de las Comunas Ciudadanas Municipales

Resolución 3.1.- El Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal obedece a la necesidad de que en el periodo 2009-2011, en cada uno de los Municipios quintanarooenses, se cumpla realmente con la obligación constitucional de que el pueblo sea la residencia de la soberanía nacional de los Estados Unidos Mexicanos, de que el poder público sea instrumento para beneficiar al pueblo y de que éste tiene el derecho de cambiar su forma cuando no funciona para beneficio de éste: “Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.”

Resolución 3.2.- El Gobierno de las Comunas Ciudadanas Municipales surge, porque en los últimos 27 años se ha impedido la efectiva vigencia de los elementos sociales y doctrinarios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, llegándose para 2009 claramente al caso y correspondiente obligación establecida por el Título Noveno de la Inviolabilidad de la Constitución, que a la letra dice: “Artículo 136. Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta.”

Resolución 3.3.- En las Comunas Municipales, el Gobierno se ejercerá mediante la aplicación a fondo de los principios de coordinación, concertación, conciliación, truque, solidaridad, honra de acuerdos, ayuda mútua y apoyo en especie, ya que previsiblemente será inexistente el flujo monetario con que contará cada GCCM para la realización de las labores bajo su responsabilidad.

Resolución 3.4.- El gobierno de los libres, y sus bases sociales de apoyo, emprenderán una defensa férrea de los individuos y sus organizaciones, que componen y dan sustento a las Comunas Ciudadanas Municipales, frente a los embates de individuos, grupos, organizaciones e instancias que representan inereses opuestos.

Resolución 3.5.- A partir de la fecha, se constituye el Simbólico Tribunal Ciudadano de Conciencia del Estado de Quintana Roo STRICC), cuyo domicilio es la ciudad capital de Chetumal y que tiene la función de juzgar a servidores públicos de los tres poderes formales y de los tres niveles de gobierno, acusados de emprender acciones que impidan la vigencia del componente doctrinario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Simbólico Tribunal se compondrá de un Magistrado Presidente, un Magistrado Secretario, un Magistrado Fiscal y un Simbólico Magistrado Defensor. Los juicios de este Simbólico Tribunal, se plantearán y llevarán a cabo exclusivamente con base en –y tendrán alcances de- la búsqueda de la verdad y la justicia imparcial, conforme a la ética y la conciencia, bajo el imperativo ético de que el ejercicio de cargos públicos debe representar el cúmulo de todas las virtudes del ser humano. Se resuelve investir de plenas facultades a la Comisión Central del COCIQROO para que, de manera emergente y con una transitoriedad de 3 meses a partir de la fecha y conforme a los resultados del sondeo que ha efectuado entre los asistentes al presente Tercer Congreso, se designe a las personas que ocuparan cada uno de estos tres puestos estrictamente honoríficos. Pasados estos tres meses, se convocará a la ciudadanía que forma parte del COCIQROO, para designar a estos funcionarios de manera universal, directa y abierta.

Resolución 3.6.- Se resuelve que, por haberlo así expresado unánimamente los participantes en la mesa relativa a las funciones básicas del Gobierno de los libres, el primer juicio a efectuarse en el Simbólico Tribunal Ciudadano de Conciencia de Quintana Roo, se inicie el 20 de febrero del 2009, con el Caso 2009.01.- La ciudadanía de Quintana Roo versus José Luis Pech Várguez y cómplices, acusado de que, en su calidad de rector de la Universidad de Quintana Roo, ha violado reiterada, sistemática y generalizadamente en esa institución de educación superior pública, los derechos ciudadanos constitucionalmente conferidos a los mexicanos, impedido el ejercicio de las libertades mas caras de los mexicanos, incluido el derecho a la vida, poniendo con ello en peligro a la propia Institución y a la ciudadanía que labora para ella ó, incluso, la visita. La fecha próxima perentoria en que se ha resuelto que dé inicio el juicio, estriba en que existen razones fundadas para suponer que el señor José Luis Pech Várguez pudiera escapar de la acción de la Comisión de Justicia de la XII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de Quintana Roo, que desde el 20 de febrero del 2009 estudia “la procedencia” de la demanda de juicio político que la lciudadanía ha interpuesto, y a la fecha ha omitido formular la declaratoria respectiva; y de que, por ende, se requiere asegurar que no escape también a la acción de la justicia basada en la verdad y la conciencia ciudadana quintanarooense.

Resolución 3.7.- En el plano de lo económico, se resuelve que el Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal se oriente al enlace, fomento y gestión de apoyos para la satisfacción de dos de las tres necesidades humanas FUNDAMENTALES, y que han sido abandonadas por el poder ejecutivo de la estructura formal de poder federal, estatal y municipal:

· Producción, distribución, control y abasto de alimentos y elementos que forman parte de la medicina alternativa

· Recolección, extracción, conducción, tratamiento y uso de agua para consumo humano y en la producción de alimentos y medicamentos alternativos.

Resolución 3.8.- Para lograr lo anterior, el gobierno de los libres fomentará la creación de cooperativas y otros tipos de unidades productivas propiedad de, ó controladas exclusivamente por, trabajadores y productores directos, ya que el apoyo y fomento del sector social de la economía mexicana ha sido abandonado por el poder ejecutivo formal, no obstante que ello es obligación que le es impuesta por el artículo 25 constitucional.

Resolución 3.9.- Se resuelve reconocer los altos ideales y el eficaz funcionamiento de la Cooperativa de Servicios Jurídicos “Vicente Lombardo Toledano”, y que los Gobiernos de las Comuna Ciudadanas Municipales, a través del COCIQROO, apoyen su propósito de crear 300 nuevas cooperativas en el periodo 2009-2011, para hacer operativos los resolutivos 3.7 y 3.8 anteriores. .

Resolución 3.10.- Cada Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal, tendrá la función de aplicar arbitraje y mediación imparcial, en la solución de controversias y conflictos entre elementos individuales ó grupales que sustentan al gobierno ciudadanizado, como camino para una eficaz impartición de justicia entre los libres. En materia social, esta mediación y arbitraje del gobierno de los libres, se hará conforme a los principios de justicia alternativa. En materia mercantil, las partes se someterán a un árbitro nombrado por ellos y reconocido por el Gobierno de la Comunca Ciudadana Municipal correspondiente. En materia penal, el COCIQROO AC se constiuirá formalmente en la Defensoría Ciudadana, como coadyuvante del Ministerio Público, para representar formalmente , ante el Ministerio Público ó ante el Juez de lo Penal, a los acusados que formen parte de la Comuna.

Resolución 3.11.- Se dará seguimiento del ejercicio de la autoridad legítima investida en los individuos, en el Gobierno de cada Comunca Ciudadana Municipal, para evaluar funcionamientos, reconocer aciertos, imponer correctivos y revocar en caso necesario.

Resolución 3.12.- Los Gobiernos de Comuna Ciudadana Municipal realizarán monitoreo permanente del desempeño del poder y autoridad impuesto en individuos del poder legislativo,ejecutivo y judicial formal, como medio para desenmascarar y erradicar corrupciones y para turnar casos a la fiscalía del Simbólico Tribunal Ciudadano de Conciencia de Quintana Roo.

Resolución 3.13.- Se faculta al Observatorio Ciudadano de Política e Ideológica, instancia integrante del COCIQROO, para operar el Sistema de Monitoreo del Voto Legislativo (SIMOLE) y del Sistema de Alertas Tempranas En Democracia y Soberanía Nacional, con miras a cumplir con los resolutivos 3.11 y 3.12.

Resolución 3.14.- Se implantará un sistema de cooperativas de ahorro y préstamo cuya finalidad sea única y exluxivamente social, no propiedad de individuos ni erguida en su beneficio. Serán establecidos candados desde el momento de su generación, que garantice que los socios sean reales y no aparentes, y que el proceso de distribución de utlidades se enfile, DIRECTAMENTE Y SIN DESVIOS, en cumplimiento de las resoluciones 3.7 y 3.8.

Resolución 3.15.- Es obligación del Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal vigilar que en su territorio, en todo proceso para ocupar cargos de elección popular, para que sea válido: que los candidatos participantes suscriban con el Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal un contratoa escrito, de derecho público, en que se establezca claramente el cumplimiento de cumplir, estipulados claramente, tanto los compromisos de campaña de cada candidato, cuanto compromisos contenidos en la plataforma electoral y documentos básicos de el ó los partidos políticos que lo hayan postulado; que haya un abstencionismo no mayor al 30% del total de electores registrados en el padrón respectivo; que, independientemente de esta proporción, la ciudadanía abstencionista se haya presentado organizada, preferentemente bajo la forma de un partido político abstencionista.

—–o——–

CONVOCATORIA


Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México

Comisión Central

La Comisión Central, del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México

CONVOCA

A los ciudadanos, organizaciones territorales y organizaciones sectorales del estado de Quintana Roo que conforman el COCIQROO, así como a las instancias nacionales e internacionales ciudadanas, económicas, políticas, jurídicas, técnicas y filosóficas aliadas, solidarias y fraternas a participar con toda fuerza y vigor en el

TERCER CONGRESO ESTATAL DEL COCIQROO:

REFUNDANDO LA REPÚBLICA

Sobre las siguientes Bases:

I.- Objetivo: Construir las bases del pensamiento social que requieren los líderes de la sociedad mexicana ciudadanizada, para mejor hacer el gobierno local que implica la nueva república en el periodo 2009-2011

II.- Calendario: 10 a 17 de marzo del 2009.- Funcionamiento de mesas de

Trabajo

18 de marzo del 2009.- Lectura, Análisis y Aprobación de las

Resoluciones del Tercer Congreso

III.- Mecánica: Inscribirse como congresista de pleno derecho, a los temas de su interés, con el coordinador de una de las Mesas de Trabajo que funcionarán en la dirección señalada al calce, con el siguiente programa general: del 10 al 16 de marzo del 2009, debate y conclusiones respecto a cada uno de los temas; 17 de marzo del 2009, entrega de las conclusiones en forma de propuesta de resoluciones de la Mesa de Trabajo; 18 de marzo del 2009, lectura en la plenaria del Congreso, por un representante de las resoluciones propuestas por la mesa de trabajo. Las actividades específicas de cada Mesa de Trabajo serán programadas por consenso por los congrisistas participantes, siempre respetando el calendario general del Congreso

IV) Mesas de Trabajo, 10 a 17 de marzo del 2009

Mesa 1.- Características del Gobierno Ciudadanizado en Quintana Roo (Coordinador: C Dr Andrés Villalobos villalo@uqroo.mx 9831260260 )

Temas:

1.1.- Filosofía Política:

  • Elementos sociales, doctrinarios, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Esencia del Lopezobradorismo (Convencion Nacional Democrática, Gobierno Legítimo 2008-2011, Asamblea Nacional, Movimiento Nacional por la Defensa del Petróleo, Movimiento por la Defensa de la Economía Popular)

1.2.- Distribución de autoridad y poder (organigrama)

1.3.- Estructura territorial

1.4.- Solidaridad, ayuda mútua y apoyo en especie, versus financiamiento monetario

1.5.- Vinculación con la Asamblea Democrática Nacional y con el Gobierno Legítimo presidido por Andrés Manuel López Obrador.

Mesa 2.- Bases Sociales del Gobierno Ciudadanizado Quintanarooense (Coordinador: C Elías Berzunza 9831368670)

Temas:

2.1.- Segmentos de la sociedad a los que el gobierno rinde cuentas

2.2.- Organizaciones de la sociedad en los que el gobierno se basa, para funcionar

2.3.- Formación de cuadros para el ejercicio del arte de gobernar con consenso y legitimidad

2.4.- Política de Alianzas

Mesa 3.- Funciones Básicas del gobierno ciudadanizado en Localidades, Municipios y Estados de Quintana Roo (Coordinador: C Dr Xavier Gamboa V., xgamboa@gmail.com 9831023285 )

Temas:

3.1.- Rescate, recuperación y fortalecimiento de las unidades productivas propiedad de, ó controladas exclusivamente por, trabajadores y productores directos (Sector Social de la Economía, Art 25 constitucional)

3.2.- Enlace, fomento y gestión de apoyos para la satisfacción de las necesidades humanas FUNDAMENTALES

· Producción, distribución, control y abasto de alimentos y medicamentos

· Recolección, extracción, conducción, tratamiento y uso de agua para consumo humano

3.3.- Arbitraje y mediación imparcial, en la solución de controversias y conflictos entre elementos individuales ó grupales que sustentan al gobierno ciudadanizado, como medio para una eficaz impartición de justicia

3.4.- Defensa férrea de las bases sociales e individuos que componen al gobierno ciudadanizado, frente a los embates de organizaciones e instancias que representan inereses opuestos.

3.5.- Seguimiento del ejercicio que los individuos hacen del gobierno ciudadanizado, para evaluar funcionamiento, reconocer aciertos, imponer correctivos y revocar en caso necesario

3.6.- Monitoreo permanente del desempeño del poder y autoridad impuesto en individuos del poder legislativo,ejecutivo y judicial, como medio para desenmascarar y erradicar corrupciones.

V)Sesión Plenaria del Tercer Congreso: 18 de marzo del 2009

9:58

Instalación

10:00-10:02

Apertura de la Sesión, Osbaldo Castillo Sánchez, Coordinador General de Comisiones y Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

10:02-10:14

Remembranza del COCIQROO, Osbaldo Castillo Sánchez

10:15-10:30

Lectura de Relatoria de la Mesa 1, C Andrés Villalobos

10:30-10:45

Lectura de Relatoría de la Mesa 2, C Elías Berzunza

10:45-11:00

Lectura de Relatoría de la Mesa 3, C. Nozarim Espino Solís

11:00-11:30

Discusión y Aprobación de Resoluciones Propuestas por Mesa 1

11:30-12:00

Discusión y Aprobación de Resoluciones Propuestas por Mesa 2

12:00-12:30

Discusión y Aprobación de Resoluciones Propuestas por Mesa 3

12:30-12:35

Mensaje, por Comisión Central del COCIQROO, C Laurentino Estrella

12:35-12:40

Mensaje, por Comisión Central, C Héctor Cálix

12:40-12:45

Mensaje, por organizaciones campesinas, José Segovia

12:45-12:50

Mensaje, por organizaciones estudiantiles, Gabriel Martinez

12:50-12:55

Mensaje, por el sector social de la economía, Israel Castillo

12:55-13:00

Mensaje, por organizaciones de del Pequeño Negocio, C Mario Priego

13:00-14:00

Receso para comida e interludio musical

14:00.14:15

Lectura del resolutivo aprobado, C Xavier Gamboa Villafranca

Mensajes, sobre el resolutivo aprobado, de:

14:20-14:30

C Regidor Roger Peraza

14:30-14:40

C Regidora Febe Marín Trujillo, invitada especial

14:40-14:50

C Diputado Local William Souza

C Diputada Local Luz Beristain, invitada especial

14:50-15:00

C Diputado Local Jose Hadad, invitado especial

15:00-15:10

C Diputado Local Guadalupe Sánchez, invitado especial

15:00-15:10

C Mauricio Morales

15:10-15:20

C Patricio Cervantes, invitado especial

15:20-15:30

C Berenice Polanco, invitada especial

15:30-15:40

C Maria de Jesus Cano, Sindicato Trabajadores de la UQROO

15:40-15:50

C Alberto España Novelo, Asociación de Profesionistas de Q. Roo

15:50-16:00

C Andres Blanco Cruz, Zona Limítrofe Quintana Roo-Campeche

16:00-16:10

C Elpidia Castillo Sánchez, Zona de la Ribera del Rio Hondo

15:30-15:45

C Maximiliano Vega Tato, Zona Norte de Quintana Roo

15:45-16:00

C Martha Peña, Zona Centro de Quintana Roo

16:00-16:30

C Debate abierto, con participaciones de los asistentes a la plenaria

16:30-16:40

C Pedro Joaquin Coldwell, Senador de la República

16:40-16:45

C Fernando García Zalvidea, Senador de la República

16:45-16:50

C Yazmin Vazquez, Representación en la región sureste, del Gobierno Legítimo de México

16:50-17:00

Clausura del congreso, Osbaldo Castillo y Monsivais Cornejo

De 17:00 a 19:00 habrá aguas frescas de honor

V)Cualquier aclaración ó asuntos no previstos, canalizarla a la Comisión Central del Cociqroo, que se asume como Comisión Organizadora del Tercer Congreso del COCIQROO

Se emite la presente a los 8 días del mes de marzo del 2009, en el centro histórico de la ciudad de Chetumal, estado de Quintana Roo, Estados Unidos Mexicanos.

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA

El Comité Central del Cociqroo

Osbaldo Castillo S,

Andres Villalobos A,

Laurentino Estrella C,

Xavier Gamboa V.

Héctor Cálix D,

Palemón Hernández S,

Francisco Canales E.

COCIQROO al Presidente Legitimo Lopez Obrador, 14 diciembre 2006: Gobierno local, de Quintana Roo, verdaderamente “de abajo a arriba”.

marzo 29, 2009

Sesión de Trabajo del Presidente López Obrador con la ciudadanía quintanarooense, celebrada el 14 de diciembre del 2006, en el Salón de Sesiones del Club de Leones, Quintana Roo, Tercer Frontera de México, de las 11:00 a las 12:07. Ver fotos del arribo al aereopuerto de Chetumal y de la Sesión de Trabajo.

Tambien en http://www.galeon.com/cepros/riadeggp/ocpi/xgvamlo14dic.htm

Palabras del Dr Xavier Gamboa Villafranca, representante general provisional de Quintana Roo en el Único Gobierno Legítimo 2006-2012 e integrante de la Comisión Central del Comité Quintanarooense por la Dignificación de México, COCIQROO

-o-

C Andrés Manuel López Obrador, Presidente electo mayoritariamente el 2 de julio del 2006 y por acuerdo mayoritario de la Convención Nacional Democrática del 16 de septiembre del 2006, ratificado como Presidente del Unico Gobierno Legítimo 2006-2012 de México; Compañeras y compañeros; Amigos todos.

Con orgullo ciudadano y gusto combativo de nuestra parte, le damos la bienvenida, una vez más, a esta sesión de trabajo de las bases sociales quintanarooenses del gobierno que a nivel nacional usted encabeza, por mayoritaria decisión nuestra. Compartimos este recinto, con usted, quienes integramos la organización de la ciudadanía de Quintana Roo, tal y como se encuentra luego de poco más de cinco meses de acudir, sin interrupción alguna, al llamado que usted hizo en la Segunda Asamblea Informativa, el 8 de julio desde el Zócalo de la Ciudad de México. Aquí lo interpretamos entonces –y así lo seguimos entendiendo– como una convocatoria a que las mujeres y los hombres libres de nuestro estado –sin distingos partidistas– nos organizáramos, para realizar acciones pacíficas y legales que impidan que una docena de oligarcas -las 12 personas mas ambiciosas e hipócritas que viven de México- usurpen realmente la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos para el período 2006-2012.

Pues bien, aquí está el resultado, en lo tocante a nosotros, al día de hoy: ciudadanos que en el poco tiempo transcurrido y de manera totalmente autogestionaria, hemos logrado conformar ya el 7% de una red local, distrital, municipal, regional estatal –denominada Comité Ciuadano Quintanarooense por la Dignificación de México, COCIQROO,[1] que dá sus primeros pasos, integrada a la Comisión Política de la CND en el Municipio de Othón P. Blanco, coordinada con las dirigencias partidistas del Frente Amplio Progresista a nivel local, muy cercana a la acción de regidores y diputados locales afines, vigilante del voto legislativo a nivel Congreso de la Unión y, por ende, acompañándolo a usted, aquí en nuestro Estado, en el ejercicio de gobernar al país a través de la Representación de Quintana Roo en el Único Gobierno Legítimo 2006-2012.[2] Para el ejercicio del gobierno nuestro-suyo, licenciado López Obrador, esta red organizacional opera REALMENTE conforme al principio de pirámide invertida: hasta “arriba”, mandatando a sucesivos niveles de representantes y comisionados, la ciudadanía; hasta “abajo”, verdaderamente acatando, cada uno de nuestros representantes ante las doce secretarías de su gabinete.

En este momento -así lo vemos- la lucha ciudadana en Quintana Roo ya no puede ser sólo para mostrar las mentiras del adversario y para sustituirlas por las verdades objetivas de nuestra causa. Tampoco se trata ahora, nada más, de denunciar la usurpación de la presidencia de la República como consecuencia del fraude del 2 de julio, del autogolpe presidencial de Estado dado el 5 de septiembre por instrucciones de la oligarquía y de la “protesta” rendida por Calderón en un Congreso de hecho disuelto en una de sus dos cámaras el 1 de diciembre, cuando usted ya tenía 11 días de estar gobernando legítimamente. Ello es MUY importante, y así como en el pasado inmediato dimos la lucha en ambas direcciones, vamos a continuar haciéndolo. Pero, en el presente, tenemos además, un nuevo reto: actuar, entre todos, como nuestro gobierno legítimo. Tarea sencilla, siempre y cuando empecemos a recoger frutos tangibles de la revolución de la conciencia a que usted ha conminado a los mexicanos.

Los quintanarooenses estamos aprendiendo a ser partícipes de su gobierno, compañero presidente López Obrador. Déjeme decirle que nos estamos capacitando, en el arte de ser parte de este gobierno suyo-nuestro, conforme a un método muy nuestro: “caminando y platicando”, “diciendo y haciendo”. Es decir, los ciudadanos estamos aprendiendo a gobernar, a través de llevar a cabo actos de gobierno; método de educación, éste, que toma a la praxis (a la práctica) como criterio de validación de nuestro andar. Y lo primero que hemos aprendido es a conjugar, “bien”, el verbo GOBERNAR. Ahora ya aprendimos que lo tenemos que conjugar en gerundio y en presente. Ahora, cuando pensamos en el único gobierno legítimo 2006-2012, nosotros lo hacemos en términos, no de un gabinete “de” Andrés Manuel, que “va a ser gobierno”, y que está allá, lejos, en el Distrito Federal, o que ocasionalmente nos visita. No. Cada vez más pensamos en términos de que se trata un gobierno que ya ESTAMOS EJERCIENDO (así, con el verbo en gerundio, no en futuro); que no está en la ciudad de México sino aquí mísmo, en nuestros poblados, SIEMPRE con nosotros; que no es sólo de Andrés Manuel, sino también MUY NUESTRO; y que para mandatar, en este gobierno legítimo, no es necesario viajar al centro del país sino acudir a MI representante de subcomité ó comité, distrital, municipal, regional, estatal, a mi comisionado específico para tal ó cual menester y a mi representante “x” ante la “x” secretaría del gabinete de usted, y a todos los demás compañeros que están en la Representación de Quintana Roo en su gobierno. Esta organización ciudadana quintanarooense, verdaderamente de Abajo a Arriba, es lo que ya está dando forma concreta y tangible al gobierno encabezado por usted, en el estado de Quintana Roo en general y, en particular, en el sur de nuestra entidad.

Pero tenemos un requerimiento básico, señor Presidente, para continuar por este camino. Es algo realmente muy sencillo y elemental: que usted dé instrucciones a quien corresponda, para que cada uno de nuestros representantes en las 12 secretarías de su gobierno, cuente con la dirección postal, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico del correspondiente secretario, del gabinete de usted. Haré algunas referencias concretas, sólo para ilustrar el punto del por qué es necesario este contacto operativo, permanente, bilateral, de abajo a arriba.

El COCIQROO está promoviendo un gran movimiento social de apoyo a la iniciativa de diputados del FAP, para que el congreso local aprueba la ley de asistencia a adultos mayores que, entre otros imporantes avances, contempla una pensión universal mensual de cuando menos 15 salarios mínimos a las personas que tengan mas de 60 años. Está, incluso, concertando lo necesario con la naciente Confederación Nacional de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, para que a esta fuerza social quintanarooense, se le agruege la fuerza de la región peninsular y nacional toda. Nuestra representante ante la Secretaría de Estado de Bienestar, necesita comunicación permanente con su titular, señor Presidente, para tener la coordinación mínima requerida.

El Sistema de Monitoreo Legislativo (el SI-MOLE) está ya funcionando, aunque ciertamente no a toda su capacidad, como otro logro del COCIQROO. A través del SIMOLE, los Quintanarooenses estamos vigilando permanentemente el voto de nuestros 4 diputados y 3 senadores en el Congreso de la Unión; y de nuestros 25 diputados en el Congreso del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. Ello, bajo la premisa de que nuestros representantes son eso –REPRESENTANTES– que no se se mandan sólos, por lo que deben acatar el mandato de sus representados, a la hora de votar en comisiones ó en plenos; e incluso cuando se les pida “dar opiniones”. En este momento, en específico, la ciudadanía le ha comunicado a nuestros legisladores federales que deberán votar en contra de cualquier iniciativa de modificación constitucional ó a leyes secundarias y reglamentarias, que pretendan “legalizar” las atroces ilegalidades cometidas para “autorizar” la privatización de nuestros energéticos (electricidad e hidrocarburos); ó para darle mayores capacidades de espionaje sobre la ciudadanía, al CISEN. Nuestros representantes ante los titulares de la Secretaría de Relaciones Políticas y de la Secretaría del Patrimonio Nacional, requieren tener contacto con sus tiulares: no es posible que no se tenga, porque no contamos con la manera de accesar a sus “ventanillas”.

Nuestro representante ante la Secretaría de Desarrollo Económico necesita esta coordinación permantente con su titular, para que sea mas fácil que su gobierno, aquí, en Quintana Roo, ciudadano presidente, efectivamente se coordine con los poderes locales y que se vincule con los actores sociales -de manera clara, objetiva y ágilmente verificable por el pueblo- conforme a esencia y texto de los artículos 1[i], 4[ii] y 25[iii] Constitucionales. En particular, se necesita de esta comunicación entre su gabinete y nuestro representante, para impulsar con menos obstáculos la organización y expansión de las empresas y entidades productivas del sector social de la economía de los municipios de Othón P. Blanco, Felipe Carrillo Puerto y José María Morelos (ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organizacion social para la produccion, distribucion y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios), en la medida requerida para que sean EL medio para eliminar la monstruosa pobreza y las desigualdades.

Los quintanarooenses no queremos en el sur del Estado, el esquema de crecimiento económico centrado en el turismo –basado en la gran empresa corporativo-transnacional- depredador de recursos naturales, que se ha venido aplicando en el norte de la entidad. Requerimos que, efectivamente su gobierno acuda al rescate, recuperación y fotalecimiento del patrimonio nacional[iv] que se ubica en nuestras localidades, tierras y aguas.- Por esta razón, se necesitan aplicar irrestrictamente los artículos 3[v] y 27[vi] constitucionales, verificando de manera estricta y a la vista del pueblo que todas y cada una de las concesiones para el aprovechamiento del patrimonio nacional, cumplen con el marco axiológico y el texto de la carta magna. Aquí, en Quintana Roo, es necesario que la ciudadanía hecha gobierno legítimo, efectúe una revisión exhaustiva de las concesiones otorgadas a las grandes corporaciones transnacionales que disfrutan de ellas en los aspectos contemplados por ambos artículos. Ya estamos empezando a caminar en esta dirección y, precisamente por eso, nuestro representante ante la Secretaría del Patrimonio Nacional necesita contacto directo y permanente, abierto, con el titular respectivo en su gabinete.

Los quintanarooenses organizados para ser la base social de su gobierno en nuestra entidad, garantizaremos que, aquí, el derecho ciudadano a una información veraz, objetiva e imparcial, divulgada por medios de comunicación colectiva[vii] no será mero deseo, sino realidad concreta. El COCIQROO está aglutinando la masa crítica necesaria para impulsar un movimiento –inédito a nivel nacional- para que los actuales legisladores del FAP tomen para sí y logren que el Congreso del Estado apruebe una iniciativa ciudadana presentada desde la legislatura pasada. Se persigue que a nivel Constitucional se reconoza que los medios de comunicación colectiva son instancias que en lo fundamental educan al pueblo, y que, en consecuencia, se formule y aprueba la legislación secundaria necesaria para garantizar que la generación, transmisión, recepción y utilización de mensajes transmitidos por estos medios, estén de acorde a lo establecido por el artículo 3[viii] constitucional. Pero, para ello, nuestro representante ante la Secretaría de Educación, Ciencia y Cultura requiere estar en contacto con el respectivo titular; contacto que hoy no se tiene porque simple y sencillamente no hay manera de acceder directamente a él.

El elevado ritmo de crecimiento económico de Quintana Roo, basado en el desenvolvimiento del sector turístico, ha configurado altos y perniciosísimos niveles de corrupción. No queremos que ello suceda en el desarrollo del sur de la entidad, que apenas empieza. Por ende, la representación de Quintana Roo en su gobierno, licenciado López Obrador, está empeñada en contribuir de manera verificable a desterrar la corrupción y la impunidad, no sólo de las grandes compañías transnacionales, sino también de los diferentes niveles de gobierno[ix].- Estamos promoviendo, localmente, la legislación necesaria para que en territorio quintanarooense se complemente su iniciativa de Ley de Precios Competitovos, para se aplique irrestrictamente el artículo 28 constitucional[x], prohibiendo monopolios y “todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una ó varias personas determinadas y con perjuicio del público en general ó de alguna clase social. Al respecto, es nuestro deseo que se impongan inmediatamente las sanciones correspondientes, incluyendo la revocación de concesiones de prestación de servicios públicos ó para la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Nación. Todos los integrantes de la Representación de Quintana Roo en el único gobierno legítimo 2006-2012 de México tomarán para sí, con la mas alta prioridad, como guía de la planeación, ejecución, y evaluación del impacto de las acciones encaminadas a lograr lo anteriormente expuesto, los principios de filosofía política que la constitución, en su artículo 3[xi], estipula para la educación que imparta el Estado: amor a la patria; compromiso de contribuir hacia el avance de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; laicisimo; congruencia con el aporte al progreso cientifico y contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios; fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos. Y, para ello, nuevamente, nuestra representante necesita estar, siempre, de manera ágil y flexible, en comunicación con la Secretaría de Honestidad y Austeridad Republicana.

En suma, nuestra organización ciudadana, una vez completa y trabajando con plena fuerza y vigor, será el fundamento que permita a su gobierno renovar, de tajo, también aquí, en Quintana Roo, la forma de las instituciones nacionales establecidas por la Constitución de 1917, para que vuelvan a estar realmente conducidas por el pueblo y al servicio de éste; y ya NO MÁS, al servicio y mando directo e indirecto de las corporaciones privadas[xii].- Para contribuir de manera verificable a la restauración de las instituciones socialmente responsables, desde acá ya estamos ejerciendo el gobierno 2006-2012 de Andrés Manuel López Obrador, para que con plena legitmidad social catalice la restauración de la Constitución de 1917, en lo general guiándose por lo establecido en los artículos 39[xiii] y 28[xiv] constitucionales y acompañará vivamente el proceso de conformación de un nuevo constituyente.

En este momento, el ciudadano Osbaldo Castillo Sánchez, coordinador general de Comisiones, del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, y representante del Comité Ciudadano de la Ribera del Rio Hondo, le hará entrega de un disco compacto que contiene –en un buen formato conscientizador- el proceso de organización del movimiento ciudadano aquí, en Quintana Roo. Está hecho por Malicia Producciones, que lo confeccionó pensando en contribuir a la lucha de la Comisión Nacional de Resistencia. Apenas nos llegó anoche- Todavía está calientito, porque apenas acaba de salir del horno.

Muchas gracias.

Ver fotos del arribo al aereopuerto de Chetumal y de la Sesión de Trabajo.

Página Principal del Manifiesto de Chetumal a los Mexicanos Libres, 4 de agosto del 2006

Ver Listado de Alertas Emitidas

Homepage de OCPI

Inicio del Proyecto Coyuntura politica Ideologica del Foxismo

Red de Investigación Aplicada a Democratización y Eficiencia

De Gobierno y Gestión Pública (RIADEGGP)

Correo al Dr Xavier Gamboa Villafranca, coordinador de OCPI

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[1] La historia y actividades del COCIQROO, está disponible en http://www.galeon.com/cepros/riadeggp/ocpi/xgeedmanif.htm

[2] Se puede ver la misión, principios filosófico-políticos, estructura y composición -con el 7 % de avance que tiene al 30 de noviembre- en http://www.galeon.com/cepros/riadeggp/ocpi/repqroo.htm


[i] ARTICULO 1o.- Esta prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos… Queda prohibida toda discriminacion motivada por origen etnico o nacional, el genero, la edad, las capacidades diferentes, la condicion social, las condiciones de salud, la religion, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

[ii] Artículo 4o.- El varon y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegera la organizacion y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la proteccion de la salud. La ley definira las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecera la concurrencia de la federacion y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fraccion xvi del articulo 73 de esta constitucion. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecera los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfaccion de sus necesidades de alimentacion, salud, educacion y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El estado proveera lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El estado otorgara facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

[iii] Artículo 25 Constitucional.- Corresponde al estado la rectoria del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberania de la nacion y su regimen democratico y que, mediante el fomento del crecimiento economico y el empleo y una mas justa distribucion del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta constitucion.

El estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad economica nacional, y llevará al cabo la regulacion y fomento de las actividades que demande el interes general en el marco de libertades que otorga esta constitucion.

Al desarrollo economico nacional concurriran, con responsabilidad social, el sector publico, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad economica que contribuyan al desarrollo de la nacion.

El sector publico tendra a su cargo, de manera exclusiva, las areas estrategicas que se señalan en el articulo 28, parrafo cuarto de la constitucion, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan. Asimismo podra participar por si o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las areas prioritarias del desarrollo.

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyara e impulsara a las empresas de los sectores social y privado de la economia, sujetandolos a las modalidades que dicte el interes publico y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservacion y el medio ambiente.

La ley establecera los mecanismos que faciliten la organizacion y la expansion de la actividad economica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organizacion social para la produccion, distribucion y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La ley alentara y protegera la actividad economica que realicen los particulares y proveera las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo economico nacional, en los terminos que establece esta constitucion.

[iv] AMLO propuso, el 28 de agosto: “2) Defender el patrimonio de la Nación, que es de todos los mexicanos, por lo que no se permitirá bajo ninguna modalidad la privatización del petróleo ni de la industria eléctrica, como tampoco de la educación pública en todos sus niveles, ni de las instituciones de salud y de seguridad social; y se defenderán por todos los medios legales y mediante acciones de resistencia civil pacífica, los recursos naturales estratégicos para el bienestar de los mexicanos y la independencia y soberanía de la Nación.”

[v] Artículo 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion. El estado -federacion, estados, distrito federal y municipios-, impartira educacion preescolar, primaria y secundaria. La educacion preescolar, primaria y la secundaria conforman la educacion basica obligatoria…

IV. Toda la educacion que el estado imparta sera gratuita;

V. Ademas de impartir la educacion preescolar, primaria y secundaria señaladas en el primer parrafo, el estado promovera y atendera todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educacion inicial y a la educacion superior- necesarios para el desarrollo de la nacion, apoyara la investigacion cientifica y tecnologica, y alentara el fortalecimiento y difusion de nuestra cultura…

[vi] Artículo 27 constitucional.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nacion, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Las expropiaciones solo podran hacerse por causa de utilidad publica y mediante indemnizacion. La nacion tendra en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interes publico, asi como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiacion, con objeto de hacer una distribucion equitativa de la riqueza publica, cuidar de su conservacion, lograr el desarrollo equilibrado del pais y el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacion rural y urbana. En consecuencia, se dictaran las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras publicas y de planear y regular la fundacion, conservacion, mejoramiento y crecimiento de los centros de poblacion; para preservar y restaurar el equilibrio ecologico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los terminos de la ley reglamentaria, la organizacion y explotacion colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganaderia, de la silvicultura y de las demas actividades economicas en el medio rural, y para evitar la destruccion de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Corresponde a la nacion el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zocalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depositos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas: los productos derivados de la descomposicion de las rocas, cuando su explotacion necesite trabajos subterraneos; los yacimientos minerales u organicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales solidos; el petroleo y todos los carburos de hidrogeno solidos, liquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extension y terminos que fije el derecho internacional. Son propiedad de la nacion las aguas de los mares territoriales en la extension y terminos que fije derecho internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formacion natural que esten ligados directamente a corrientes constantes; las de los rios y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquellas en toda su extension o en parte de ellas, sirva de limite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la linea divisoria de la republica; las de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, esten cruzados por lineas divisorias de dos o mas entidades o entre la republica y un pais vecino; o cuando el limite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la republica con un pais vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas maritimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extension que fije la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interes publico o se afecten otros aprovechamientos, el ejecutivo federal podra reglamentar su extraccion y utilizacion y aun establecer zonas vedadas, al igual que para las demas aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeracion anterior, se consideraran como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depositos, pero si se localizaren en dos o mas predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerara de utilidad publica, y quedara sujeto a las disposiciones que dicten los estados. En los casos a que se refieren los dos parrafos anteriores, el dominio de la nacion es inalienable e imprescriptible y la explotacion, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podra realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotacion de los minerales y sustancias a que se refiere el parrafo cuarto, regularan la ejecucion y comprobacion de los que se efectuen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dara lugar a la cancelacion de estas. El gobierno federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se haran por el ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratandose del petroleo y de los carburos de hidrogeno solidos, liquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgaran concesiones ni contratos, ni subsistiran los que en su caso se hayan otorgado y la nacion llevara a cabo la explotacion de esos productos, en los terminos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la nacion generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energia electrica que tenga por objeto la prestacion de servicio publico. En esta materia no se otorgaran concesiones a los particulares y la nacion aprovechara los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. Corresponde tambien a la nacion el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generacion de energia nuclear y la regulacion de sus aplicaciones en otros propositos. El uso de la energia nuclear solo podra tener fines pacificos.

La nacion ejerce en una zona economica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a este, los derechos de soberania y las jurisdicciones que determinen las leyes del congreso. La zona economica exclusiva se extendera a doscientas millas nauticas, medidas a partir de la linea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extension produzca superposicion con las zonas economicas exclusivas de otros estados, la delimitacion de las respectivas zonas se hara en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos estados.

La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la nacion, se regira por las siguientes prescripciones:

I. Solo los mexicanos por nacimiento o por naturalizacion y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotacion de minas o aguas. El estado podra conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la secretaria de relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la proteccion de sus gobiernos por lo que se refiere a aquellos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la nacion, los bienes que hubieren adquirido en virtud de lo mismo. En una faja de cien kilometros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningun motivo podran los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas….

La propia ley establecera los medios de registro y control necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por esta fraccion; …

Las leyes de la federacion y de los estados en sus respectivas jurisdicciones, determinaran los casos en que sea de utilidad publica la ocupacion de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hara la declaracion correspondiente.

El ejercicio de las acciones que corresponden a la nacion, por virtud de las disposiciones del presente articulo, se hara efectivo por el procedimiento judicial; pero dentro de este procedimiento y por orden de los tribunales correspondientes, que se dictara en el plazo maximo de un mes, las autoridades administrativas procederan desde luego a la ocupacion, administracion, remate o venta de las tierras o aguas de que se trate y todas sus accesiones, sin que en ningun caso pueda revocarse lo hecho por las mismas autoridades antes que se dicte sentencia ejecutoriada…

[vii] AMLO propuso, el 28 de agosto: “3) Hacer valer el derecho público a la información a fin de que los medios de comunicación públicos y privados garanticen espacios a todas las expresiones sociales, culturales y políticas del país, brinden una información veraz y objetiva, contribuyan al enriquecimiento cultural de los mexicanos y sirvan de base para que la población participe de manera consciente y libre en la toma de decisiones.”

[viii] ARTICULO 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion. El estado -federacion, estados, distrito federal y municipios-, impartira educacion preescolar, primaria y secundaria. La educacion preescolar, primaria y la secundaria conforman la educacion basica obligatoria. La educacion que imparta el estado tendera a desarrollar armonicamente todas las facultades del ser humano y fomentara en el, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, dicha educacion sera laica y, por tanto, se mantendra por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

Ii. El criterio que orientara a esa educacion se basara en los resultados del progreso cientifico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Ademas…

C) contribuira a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la conviccion del interes general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos;

[ix] AMLO propuso, el 28 de agosto: “4) Trabajar para hacer desaparecer el Estado patrimonialista ya que el gobierno no puede seguir siendo un comité al servicio de una minoría, por lo que la lucha contra la corrupción y la impunidad debe enfrentarse como una prioridad, a fin de que se castigue a quienes desde el poder lo utilizan para beneficio propio, cometen abusos transgrediendo impunemente las leyes y despojan a los mexicanos de su patrimonio. El poder público y el ejercicio del gobierno no pueden significar la protección de privilegios ni de la corrupción.”

[x] ARTICULO 28 Constitucional. En los estados unidos mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopolicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los terminos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dara a las prohibiciones a titulo de proteccion a la industria.

En consecuencia, la ley castigara severamente, y las autoridades perseguiran con eficacia, toda concentracion o acaparamiento en una o pocas manos de articulos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinacion de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre si y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del publico en general o de alguna clase social.

…El estado, sujetandose a las leyes, podra en casos de interes general, concesionar la prestacion de servicios publicos o la explotacion, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la federacion, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijaran las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestacion de los servicios y la utilizacion social de los bienes, y evitaran fenomenos de concentracion que contrarien el interes publico.

[xi] ARTICULO 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion…La educacion que imparta el estado … fomentar, …a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. … dicha educacion sera laica y, por tanto, se mantendra por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II. El criterio que orientara a esa educacion se basara en los resultados del progreso cientifico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Ademas…

C) …((pondrá)) cuidado en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos;

[xii] AMLO propuso, el 28 de agosto: “5) Luchar para que las instituciones nacionales sean objeto de una renovación profunda, en particular las instituciones políticas, que lejos de atender el interés público se encuentran secuestradas por unos cuantos grupos de poder y sólo actúan en su beneficio. La política económica y hacendaria se aplica sólo en beneficio de algunos potentados y traficantes de influencias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación en lugar de proteger al débil, actúa para legalizar los despojos que comete el fuerte y proteger a los delincuentes de cuello blanco.”

[xiii] ARTICULO 39 Constitucional. La soberania nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

[xiv] ARTICULO 28 Constituci8onal. En los estados unidos mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopolicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los terminos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dara a las prohibiciones a titulo de proteccion a la industria.

En consecuencia, la ley castigara severamente, y las autoridades perseguiran con eficacia, toda concentracion o acaparamiento en una o pocas manos de articulos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinacion de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre si y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del publico en general o de alguna clase social.

…El estado, sujetandose a las leyes, podra en casos de interes general, concesionar la prestacion de servicios publicos o la explotacion, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la federacion, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijaran las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestacion de los servicios y la utilizacion social de los bienes, y evitaran fenomenos de concentracion que contrarien el interes publico.

Ver fotos del arribo al aereopuerto de Chetumal y de la Sesión de Trabajo.

COCIQROO en Convencion Nacional Democratica, 16 septiembre 2006: COCIQROO fija su linea de hacer gobierno local, “de a verdad”

marzo 29, 2009

Comité Ciudadano Quintanarroense por la Dignificación de México COCIQROO

Ponencia presentada en la Convención Nacional Democrática del 16 de septiembre del 2006, en la Plaza de la Constituciòn, de la Ciudad de México (Tambien en  http://www.galeon.com/cepros/riadeggp/ocpi/cndponenciariad.htm  )

Xavier Gamboa Villafranca[1], delegado de la Red de Investigación Aplicada a Democratización y Eficiencia de Gobierno y Gestión Pública (RIADEGGP)[2]

Comité Municipal de Othón P. Blanco,

Chetumal, Quintana Roo

8 de septiembre del 2006.

Con la salvaguarda de las garantías inalienables que como mexicano me otorga el artículo 1ª de la Constitucion[i], y bajo el entendido de que los acuerdos tomados por la Convención Nacional Democrática son de acatamiento voluntario,[ii] como delegado del Comité Ciudadano de la RIADEGGP, me he trasladadado desde Chetumal (por el derecho que me dá el artículo 11 de la Constitucion General de la República[iii]), bajo el amparo de su artículo 16 y por ello sin peligro de que autoridad militar (como lo manda el artículo 13 constitucional[iv]) ó civil alguna ose molestarme[v], a este Zócalo de la Ciudad de México, para dar a conocer a esta Asamblea Soberana que se reune bajo la tutela del artículo 9 Constitucional,[vi] que 29 ciudadanos mexicanos me han dado el mandato de exponer, debatir y lograr que en los resolutivos de la Convención Nacional Democrática quede establecido lo siguiente:

Primero.- Que en ejercicio del Artículo 6 de la Constitución[vii], expongo que se desconoce[viii] el resultado oficial de los comicios del 2 de julio; se desconoce la usurpación de la Presidencia de la República disfrazada de una legalidad inexistente, desprendida de la decisión del 5 de septiembre del 2006, del Tribunal Federal del Poder Judicial de la Federación; y, consecuentemente, se desconoce a Felipe Calderón Hinojosa como presidente de la República.

Segundo.- Que en ejercicio del artículo 39 constitucional,[ix] el gobierno federal mexicano 2006-2012,[x] será encabezado a partir del 20 de noviembre del 2006, por el C. Andrés Manuel López Obrador, en su calidad de Presidente legítimo de los mexicanos[xi], y con el pleno reconocimiento y apoyo de los ciudadanos que represento.

Tercero.- Que el gobierno del Presidente López Obrador trabajará por consenso social, con irrestricto respeto a las decisiones que tomen partidos políticos, legisladores, gobernadores e integrantes de los ayuntamientos del país.[xii] Tampoco queda sujeto a la discrecionalidad de éste, sino que tendrá la OBLIGACIÓN IRRENUNCIABLE de lograr 5 objetivos[xiii], cuyo incumplimiento ameritaría la inmediata revocación de su mandato:

  • 1)Eliminar la monstruosa pobreza y desigualdad imperante en el país[xiv].- Para ello, el Gobierno Federal 2006-2012 permanentemente se conducirá, coordinará con los otros poderes y vinculará con los actores sociales -de manera clara, objetiva y ágilmente verificable por el pueblo- conforme a esencia y texto de los artículos 1[xv], 4[xvi] y 25[xvii] Constitucionales. En particular, apoyará e impulsará la organización y expansión de las empresas y entidades productivas del sector social de la economía del país (ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organizacion social para la produccion, distribucion y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios), en la medida requerida para que sean EL medio para eliminar la monstruorsa pobreza y las desigualdades.
  • 2)Rescatar, recuperar y fortalecer el patrimonio nacional[xviii].- Para lograrlo, aplicará irrestrictamente los artículos 3[xix] y 27[xx] constitucionales, verificando de manera estricta y a la vista del pueblo que todas y cada una de las concesiones para el aprovechamiento del patrimonio nacional, cumplen con el marco axiológico y el texto de la carta magna. Se hará previamente, en un lapso no mayor de tres meses a partir del inicio del gobierno, una revisión exhaustiva de las concesiones otorgadas a las grandes corporaciones transnacionales que disfrutan de ellas en los aspectos contemplados por ambos artículos.
  • 3)Garantizar el derecho ciudadano a una información veraz, objetiva e imparcial, divulgada por medios de comunicación colectiva[xxi] .- Formulará y presentará al legislativo una iniciativa para modificar el artículo 6[xxii] constitucional, a efecto de que la última frase establezca lo siguiente: “El derecho ciudadano a recibir informacion veraz, objetiva e imparcial, divulgada por medios de comunicación colectiva, sera garantizado por el estado”. Reconocerá que los medios de comunicación colectiva son instancias que en lo fundamental educan al pueblo, promoverá la legislación secundaria necesaria para garantizar que la generación, transmisión, recepción y utilización de mensajes transmitidos por estos medios, estén de acorde a lo establecido por el artículo 3[xxiii] constitucional.
  • 4)Desterrar la corrupción y la impunidad, no sólo de las grandes compañías transnacionales, sino también de los diferentes niveles de gobierno[xxiv].- Aplicar irrestrictamente el artículo 28 constitucional[xxv], prohibiendo monopolios y “todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una ó varias personas determinadas y con perjuicio del público en general ó de alguna clase social. Se impondrán ionmediatamente las sanciones correspondientes, incluyendo la revocación de concesiones de prestación de servicios públicos ó para la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Nación. El Presidente de los mexicanos, así como todos los integrantes del gobierno 2006-2012 tomarán para sí, con la mas alta prioridad, como guía de la planeación, ejecución, y evaluación del impacto de las acciones encaminadas a lograr lo anteriormente expuesto, los principios de filosofía política que la constitución, en su artículo 3[xxvi], estipula para la educación que imparta el Estado: amor a la patria; compromiso de contribuir hacia el avance de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; laicisimo; congruencia con el aporte al progreso cientifico y contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios; fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos;
  • 5)Renovar, de tajo, la forma de las instituciones nacionales establecidas por la Constitución de 1917, para que vuelvan a estar realmente conducidas por el pueblo y al servicio de éste; y ya NO MÁS, al servicio y mando directo e indirecto de las corporaciones privadas[xxvii].- Para contribuir de manera verificable a la restauración de las instituciones socialmente responsables, el gobierno 2006-2012 de Andrés Manuel López Obrador catalizará la restauración de la Constitución de 1917, en lo general guiándose por lo establecido en los artículos 39[xxviii] y 28[xxix] constitucionales.

Cuarto.- Que el pueblo de México, reunido en la Convención Nacional Democrática de sus Delegados, el 16 de septiembre del 2006, ACUERDA que se reunirá una vez cada seis meses a partir de la fecha, con objeto de evaluar los avances y tomar las medidas que correspondan, en cuanto al logro de los compromisos tomados en la Primer Asamblea de Delegados Soberanos del Pueblo de México del 16 de septiembre del 2006[xxx].

Quinto.- Que en concordancia con el artículo 41[xxxi] y 49[xxxii] de la Constitución vigente, para garantizar la continuidad de su acción, esta Convención RESUELVE que a partir de la fecha, queda convocada el Congreso Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos[xxxiii], como segundo paso para conformar los tres componentes del Estado Nacional Mexicano soberano, democrático y socialmente justo que el gobierno federal 2006-2012 ha de construir como su máximo cometido. Dicho Congreso se instalará el 1ª de diciembre del 2006 en la Ciudad de México, y contará con la adecuada representación de todas las clases sociales y etnias de la población, en las entidades federativas del país. La responsabilidad para la adecuada instalación del Congreso Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos, corre a cargo del Consejo Político que en esta misma evento histórico queda electo, compuesto por 3 ciudadanos de reconocida probidad y honestidad, por cada entidad federativa del país.

Página Principal del Manifiesto de Chetumal a los Mexicanos Libres, 4 de agosto del 2006

Ver Listado de Alertas Emitidas

Homepage de OCPI

Inicio del Proyecto Coyuntura politica Ideologica del Foxismo

Red de Investigación Aplicada a Democratización y Eficiencia

De Gobierno y Gestión Pública (RIADEGGP)

Correo al coordinador de OCPI

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[1] Email xgamboa@gmail.com

[2] http://www.galeon.com/cepros/riadeggp/ocpi/pagprin.htm


[i] ARTICULO 1º Constitucional.- En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozara de las garantias que otorga esta constitucion, las cuales no podran restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

[ii] AMLO propuso, el 28 de agosto: “ 6°. Los acuerdos tomados por la Convención Nacional Democrática Por el Bien de Todos deberán asumirse de manera voluntaria por ciudadanos libres de todas las condiciones sociales, pueblos, religiones e ideologías.”

[iii] Artículo 11ª Constitucional.- Todo hombre tiene derecho para entrar en la republica, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estara subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigracion, inmigracion y salubridad general de la republica, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el pais.

[iv]Artículo 13ª Constitucional.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporacion puede tener fuero, ni gozar mas emolumentos que los que sean compensacion de servicios publicos y esten fijados por la ley… Los tribunales militares en ningun caso y por ningun motivo, podran extender su jurisdiccion sobre personas que no pertenezcan al ejercito. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocera del caso la autoridad civil que corresponda

[v] Artículo 16ª Constitucional. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento… En toda orden de cateo, que solo la autoridad judicial podra expedir y que sera escrita, se expresara el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que unicamente debe limitarse la diligencia, levantandose al concluirla, una acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia. Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionara penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacia de las mismas…

[vi] ARTICULO 9º Constitucional.- No se podra coartar el derecho de asociarse o reunirse pacificamente con cualquier objeto licito; pero solamente los ciudadanos de la republica podran hacerlo para tomar parte en los asuntos politicos del pais. Ninguna reunion armada tiene derecho a deliberar. No se considerara ilegal, y no podra ser disuelta una asamblea o reunion que tenga por objeto hacer una peticion o presentar una protesta por algun acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra esta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

[vii] ARTICULO 6o.- la manifestacion de las ideas no sera objeto de ninguna inquisicion judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algun delito o perturbe el orden publico; el derecho a la informacion sera garantizado por el estado.

[viii] AMLO propuso, el 28 de agosto: 1º. Se desconoce el cómputo oficial dado a conocer el 28 de agosto por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que pretende legalizar el fraude cometido el dos de julio de 2006. 2º. Se rechaza la usurpación y se desconoce al señor Felipe Calderón Hinojosa como presidente de la República, lo mismo que a los funcionarios que él designe, así como a todos los actos de su gobierno de facto, ya que todo poder público debe dimanar de la libre voluntad del pueblo.

[ix] Articulo 39.- La soberania nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

[x] ARTICULO 41. El pueblo ejerce su soberania por medio de los poderes de la union, en los casos de la competencia de estos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regimenes interiores, en los terminos respectivamente establecidos por la presente constitucion federal y las particulares de los estados, las que en ningun caso podran contravenir las estipulaciones del pacto federal.

[xi] AMLO dijo, el 28 de agosto: 3º. Propongo que la Convención Nacional Democrática resuelva, previa deliberación y con el voto libre de los delegados, si constituimos un Gobierno de la República o una Coordinación de la Resistencia Civil Pacífica. Esto implica también decidir, democráticamente, si habremos de reconocer y ratificar a un Presidente legítimo de los Estados Unidos Mexicanos, o si la Convención elige a un Jefe de Gobierno en Resistencia, a un encargado del Poder Ejecutivo, o a un Coordinador Nacional de la Resistencia Civil Pacífica. Todo ello, en tanto dure la usurpación… 5°. Propongo que la Convención Nacional Democrática decida si el órgano de gobierno y quien lo represente, se instale y tome posesión formalmente el 20 de noviembre o el primero de diciembre de 2006.

[xii] AMLO propuso, el 28 de agosto: 4°. El órgano que aprobemos y quien lo represente deberá aplicar un programa básico con cinco objetivos fundamentales:… 7°. El nuevo gobierno surgido de la Convención Nacional Democrática no pedirá apoyo corporativo e incondicionalidad a nadie y respetará las decisiones que tomen partidos políticos, legisladores, gobernadores e integrantes de los ayuntamientos del país.

[xiii] Artículo 25 Constitucional.- Corresponde al estado la rectoria del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberania de la nacion y su regimen democratico y que, mediante el fomento del crecimiento economico y el empleo y una mas justa distribucion del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta constitucion. El estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad economica nacional, y llevará al cabo la regulacion y fomento de las actividades que demande el interes general en el marco de libertades que otorga esta constitucion….

[xiv] AMLO propuso, el 28 de agosto: 1) Llevar a cabo todas las acciones necesarias para defender y proteger a millones de mexicanos pobres, humillados y excluidos, que tienen hambre y sed de justicia, buscando combatir a fondo la pobreza y la creciente desigualdad que imperan en nuestro país.

[xv] ARTICULO 1o.- Esta prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos… Queda prohibida toda discriminacion motivada por origen etnico o nacional, el genero, la edad, las capacidades diferentes, la condicion social, las condiciones de salud, la religion, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

[xvi] Artículo 4o.- El varon y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegera la organizacion y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la proteccion de la salud. La ley definira las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecera la concurrencia de la federacion y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fraccion xvi del articulo 73 de esta constitucion. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecera los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfaccion de sus necesidades de alimentacion, salud, educacion y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El estado proveera lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El estado otorgara facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

[xvii] Artículo 25 Constitucional.- Corresponde al estado la rectoria del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberania de la nacion y su regimen democratico y que, mediante el fomento del crecimiento economico y el empleo y una mas justa distribucion del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta constitucion.

El estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad economica nacional, y llevará al cabo la regulacion y fomento de las actividades que demande el interes general en el marco de libertades que otorga esta constitucion.

Al desarrollo economico nacional concurriran, con responsabilidad social, el sector publico, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad economica que contribuyan al desarrollo de la nacion.

El sector publico tendra a su cargo, de manera exclusiva, las areas estrategicas que se señalan en el articulo 28, parrafo cuarto de la constitucion, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan. Asimismo podra participar por si o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las areas prioritarias del desarrollo.

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyara e impulsara a las empresas de los sectores social y privado de la economia, sujetandolos a las modalidades que dicte el interes publico y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservacion y el medio ambiente.

La ley establecera los mecanismos que faciliten la organizacion y la expansion de la actividad economica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organizacion social para la produccion, distribucion y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La ley alentara y protegera la actividad economica que realicen los particulares y proveera las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo economico nacional, en los terminos que establece esta constitucion.

[xviii] AMLO propuso, el 28 de agosto: “2) Defender el patrimonio de la Nación, que es de todos los mexicanos, por lo que no se permitirá bajo ninguna modalidad la privatización del petróleo ni de la industria eléctrica, como tampoco de la educación pública en todos sus niveles, ni de las instituciones de salud y de seguridad social; y se defenderán por todos los medios legales y mediante acciones de resistencia civil pacífica, los recursos naturales estratégicos para el bienestar de los mexicanos y la independencia y soberanía de la Nación.”

[xix] Artículo 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion. El estado -federacion, estados, distrito federal y municipios-, impartira educacion preescolar, primaria y secundaria. La educacion preescolar, primaria y la secundaria conforman la educacion basica obligatoria…

IV. Toda la educacion que el estado imparta sera gratuita;

V. Ademas de impartir la educacion preescolar, primaria y secundaria señaladas en el primer parrafo, el estado promovera y atendera todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educacion inicial y a la educacion superior- necesarios para el desarrollo de la nacion, apoyara la investigacion cientifica y tecnologica, y alentara el fortalecimiento y difusion de nuestra cultura…

[xx] Artículo 27 constitucional.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nacion, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Las expropiaciones solo podran hacerse por causa de utilidad publica y mediante indemnizacion. La nacion tendra en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interes publico, asi como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiacion, con objeto de hacer una distribucion equitativa de la riqueza publica, cuidar de su conservacion, lograr el desarrollo equilibrado del pais y el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacion rural y urbana. En consecuencia, se dictaran las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras publicas y de planear y regular la fundacion, conservacion, mejoramiento y crecimiento de los centros de poblacion; para preservar y restaurar el equilibrio ecologico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los terminos de la ley reglamentaria, la organizacion y explotacion colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganaderia, de la silvicultura y de las demas actividades economicas en el medio rural, y para evitar la destruccion de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Corresponde a la nacion el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zocalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depositos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas: los productos derivados de la descomposicion de las rocas, cuando su explotacion necesite trabajos subterraneos; los yacimientos minerales u organicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales solidos; el petroleo y todos los carburos de hidrogeno solidos, liquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extension y terminos que fije el derecho internacional. Son propiedad de la nacion las aguas de los mares territoriales en la extension y terminos que fije derecho internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formacion natural que esten ligados directamente a corrientes constantes; las de los rios y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquellas en toda su extension o en parte de ellas, sirva de limite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la linea divisoria de la republica; las de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, esten cruzados por lineas divisorias de dos o mas entidades o entre la republica y un pais vecino; o cuando el limite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la republica con un pais vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas maritimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extension que fije la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interes publico o se afecten otros aprovechamientos, el ejecutivo federal podra reglamentar su extraccion y utilizacion y aun establecer zonas vedadas, al igual que para las demas aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeracion anterior, se consideraran como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depositos, pero si se localizaren en dos o mas predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerara de utilidad publica, y quedara sujeto a las disposiciones que dicten los estados. En los casos a que se refieren los dos parrafos anteriores, el dominio de la nacion es inalienable e imprescriptible y la explotacion, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podra realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotacion de los minerales y sustancias a que se refiere el parrafo cuarto, regularan la ejecucion y comprobacion de los que se efectuen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dara lugar a la cancelacion de estas. El gobierno federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se haran por el ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratandose del petroleo y de los carburos de hidrogeno solidos, liquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgaran concesiones ni contratos, ni subsistiran los que en su caso se hayan otorgado y la nacion llevara a cabo la explotacion de esos productos, en los terminos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la nacion generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energia electrica que tenga por objeto la prestacion de servicio publico. En esta materia no se otorgaran concesiones a los particulares y la nacion aprovechara los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. Corresponde tambien a la nacion el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generacion de energia nuclear y la regulacion de sus aplicaciones en otros propositos. El uso de la energia nuclear solo podra tener fines pacificos.

La nacion ejerce en una zona economica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a este, los derechos de soberania y las jurisdicciones que determinen las leyes del congreso. La zona economica exclusiva se extendera a doscientas millas nauticas, medidas a partir de la linea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extension produzca superposicion con las zonas economicas exclusivas de otros estados, la delimitacion de las respectivas zonas se hara en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos estados.

La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la nacion, se regira por las siguientes prescripciones:

I. Solo los mexicanos por nacimiento o por naturalizacion y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotacion de minas o aguas. El estado podra conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la secretaria de relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la proteccion de sus gobiernos por lo que se refiere a aquellos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la nacion, los bienes que hubieren adquirido en virtud de lo mismo. En una faja de cien kilometros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningun motivo podran los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas….

La propia ley establecera los medios de registro y control necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por esta fraccion; …

Las leyes de la federacion y de los estados en sus respectivas jurisdicciones, determinaran los casos en que sea de utilidad publica la ocupacion de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hara la declaracion correspondiente.

El ejercicio de las acciones que corresponden a la nacion, por virtud de las disposiciones del presente articulo, se hara efectivo por el procedimiento judicial; pero dentro de este procedimiento y por orden de los tribunales correspondientes, que se dictara en el plazo maximo de un mes, las autoridades administrativas procederan desde luego a la ocupacion, administracion, remate o venta de las tierras o aguas de que se trate y todas sus accesiones, sin que en ningun caso pueda revocarse lo hecho por las mismas autoridades antes que se dicte sentencia ejecutoriada…

[xxi] AMLO propuso, el 28 de agosto: “3) Hacer valer el derecho público a la información a fin de que los medios de comunicación públicos y privados garanticen espacios a todas las expresiones sociales, culturales y políticas del país, brinden una información veraz y objetiva, contribuyan al enriquecimiento cultural de los mexicanos y sirvan de base para que la población participe de manera consciente y libre en la toma de decisiones.”

[xxii] ARTICULO 6º Constitucional.- la manifestacion de las ideas no sera objeto de ninguna inquisicion judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algun delito o perturbe el orden publico; el derecho a la informacion sera garantizado por el estado.

[xxiii] ARTICULO 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion. El estado -federacion, estados, distrito federal y municipios-, impartira educacion preescolar, primaria y secundaria. La educacion preescolar, primaria y la secundaria conforman la educacion basica obligatoria. La educacion que imparta el estado tendera a desarrollar armonicamente todas las facultades del ser humano y fomentara en el, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, dicha educacion sera laica y, por tanto, se mantendra por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

Ii. El criterio que orientara a esa educacion se basara en los resultados del progreso cientifico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Ademas…

C) contribuira a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la conviccion del interes general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos;

[xxiv] AMLO propuso, el 28 de agosto: “4) Trabajar para hacer desaparecer el Estado patrimonialista ya que el gobierno no puede seguir siendo un comité al servicio de una minoría, por lo que la lucha contra la corrupción y la impunidad debe enfrentarse como una prioridad, a fin de que se castigue a quienes desde el poder lo utilizan para beneficio propio, cometen abusos transgrediendo impunemente las leyes y despojan a los mexicanos de su patrimonio. El poder público y el ejercicio del gobierno no pueden significar la protección de privilegios ni de la corrupción.”

[xxv] ARTICULO 28 Constitucional. En los estados unidos mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopolicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los terminos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dara a las prohibiciones a titulo de proteccion a la industria.

En consecuencia, la ley castigara severamente, y las autoridades perseguiran con eficacia, toda concentracion o acaparamiento en una o pocas manos de articulos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinacion de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre si y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del publico en general o de alguna clase social.

…El estado, sujetandose a las leyes, podra en casos de interes general, concesionar la prestacion de servicios publicos o la explotacion, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la federacion, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijaran las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestacion de los servicios y la utilizacion social de los bienes, y evitaran fenomenos de concentracion que contrarien el interes publico.

[xxvi] ARTICULO 3º Constitucional.- Todo individuo tiene derecho a recibir educacion…La educacion que imparta el estado … fomentar, …a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. … dicha educacion sera laica y, por tanto, se mantendra por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II. El criterio que orientara a esa educacion se basara en los resultados del progreso cientifico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Ademas…

C) …((pondrá)) cuidado en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos;

[xxvii] AMLO propuso, el 28 de agosto: “5) Luchar para que las instituciones nacionales sean objeto de una renovación profunda, en particular las instituciones políticas, que lejos de atender el interés público se encuentran secuestradas por unos cuantos grupos de poder y sólo actúan en su beneficio. La política económica y hacendaria se aplica sólo en beneficio de algunos potentados y traficantes de influencias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación en lugar de proteger al débil, actúa para legalizar los despojos que comete el fuerte y proteger a los delincuentes de cuello blanco.”

[xxviii] ARTICULO 39 Constitucional. La soberania nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

[xxix] ARTICULO 28 Constituci8onal. En los estados unidos mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopolicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los terminos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dara a las prohibiciones a titulo de proteccion a la industria.

En consecuencia, la ley castigara severamente, y las autoridades perseguiran con eficacia, toda concentracion o acaparamiento en una o pocas manos de articulos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinacion de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre si y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del publico en general o de alguna clase social.

…El estado, sujetandose a las leyes, podra en casos de interes general, concesionar la prestacion de servicios publicos o la explotacion, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la federacion, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijaran las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestacion de los servicios y la utilizacion social de los bienes, y evitaran fenomenos de concentracion que contrarien el interes publico.

[xxx] AMLO propuso, el 7 de septiembre: Vamos a resolver… Si la Convención convoca a un Nuevo Constituyente con el propósito de que las instituciones efectivamente sean del pueblo y para el pueblo.

ARTICULO 39 Constitucional. La soberania nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

[xxxi] ARTICULO 41 Constitucional. El pueblo ejerce su soberania por medio de los poderes de la union, en los casos de la competencia de estos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regimenes interiores, en los terminos respectivamente establecidos por la presente constitucion federal y las particulares de los estados, las que en ningun caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.

[xxxii] ARTICULO 49 Constitucional. El supremo poder de la federacion se divide para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial. No podran reunirse dos o mas de estos poderes en una sola persona o corporacion, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al ejecutivo de la union conforme a lo dispuesto en el articulo 29. En ningun otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo parrafo del articulo 131, se otorgaran facultades extraordinarias para legislar.

[xxxiii] AMLO propuso, el 7 de septiembre: Vamos a resolver… Si la Convención, esto es muy importante, se mantiene como Asamblea soberana celebrando reuniones cada seis meses y se elige un Consejo Político Nacional que la represente mientras no estén reunidos todos los delegados de la misma.

COCIQROO a IFE: Elecciones validas en Quintana Roo, solo con abstencion menor a 30% y con contratos de candidatos

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 28 de marzo del 2009

C Leonardo Valdés Zurita

Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral,

Tel 015554879899         Email:  valdes.zurita@ife.org.mx

Le comunico que en las resoluciones 3.1 y  3.15, del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, fue acordada por unanimidad la conformación de un simbólico Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal, correspondiente a cada uno de los nueve municipios que conforman al Estado de Quintana Roo y que una de sus tareas será el de vigilar que sean válido,s desde la perspectiva ciudadana, los procesos electorales (abstencionismo máximo de 30%, pero en todo caso organizado, incluso bajo la forma de un partido político), que se lleven a cabo en el territorio:

“…Resolución 3.1.- El Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal obedece a la necesidad de que en el periodo 2009-2011, en cada uno de los Municipios quintanarooenses, se cumpla realmente con la obligación -establecida en el Artículo 39 constitucional- de que el pueblo sea la residencia de la soberanía nacional de los Estados Unidos Mexicanos, de que el poder público sea instrumento para beneficiar al pueblo y de que éste tiene el derecho de cambiar su forma cuando no funciona para beneficio de éste:  “Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno…

…Resolución 3.15.-  Es obligación del Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal vigilar que en su territorio, en todo proceso para ocupar cargos de elección popular, para que sea válido:  que los candidatos participantes suscriban con el Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal un contratoa escrito, de derecho público, en que se establezca claramente el cumplimiento de cumplir, estipulados claramente, tanto los compromisos de campaña de cada candidato, cuanto compromisos contenidos en la plataforma electoral y documentos básicos de el ó los partidos políticos que lo hayan postulado;  que haya un abstencionismo no mayor al 30% del total de electores registrados en el padrón respectivo;  que, independientemente de esta proporción, la ciudadanía abstencionista se haya presentado organizada, preferentemente bajo la forma de un partido político abstencionista.

En tal virtud, me permito solicitarle que transmita nuestra invitación a los consejeros presidentes de las Juntas Distritales Ejecutivas 01, 02 y 03 de Quintana Roo,  para programar y realizar a la brevedad perentoria reunión de trabajo con cada uno de ellos, en la dirección al calce, orientada a operacionalizar nuestra resolución 3.15, en aras del proceso de democratización del acceso a puestos públicos de elección popular.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

 

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p.  Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.

COCIQROO al IEQROO: Elecciones validas, solo con abstencion menor a 30% y con candidatos que firmen contratos con ciudadanía

marzo 29, 2009

Chetumal, Quintana Roo a 26 de marzo del 2009

 

C Lic. Carlos Román Soberanis Ferrao,

Consejero Presidente de la Junta General del IEQROO

csoberanis@ieqroo.org.mx   83 22711 y 83 21920 ext. 102

 

Le comunico que en las resoluciones 3.1 y  3.15, del Tercer Congreso Estatal del Comité Ciudadano Quintanarooense por la Dignificación de México, celebrado en Chetumal del 10 al 18 de marzo del 2009, fue acordada por unanimidad la conformación de un simbólico Gobierno de Comuna Ciudadana Municipal, correspondiente a cada uno de los nueve municipios que conforman al Estado de Quintana Roo y que una de sus tareas será el de vigilar que sean válido,s desde la perspectiva ciudadana, los procesos electorales (abstencionismo máximo de 30%, pero en todo caso organizado, incluso bajo la forma de un partido político), que se lleven a cabo en el territorio:

“…Resolución 3.1.- El Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal obedece a la necesidad de que en el periodo 2009-2011, en cada uno de los Municipios quintanarooenses, se cumpla realmente con la obligación -establecida en el Artículo 39 constitucional- de que el pueblo sea la residencia de la soberanía nacional de los Estados Unidos Mexicanos, de que el poder público sea instrumento para beneficiar al pueblo y de que éste tiene el derecho de cambiar su forma cuando no funciona para beneficio de éste:  “Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno…

…Resolución 3.15.-  Es obligación del Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal vigilar que en su territorio, en todo proceso para ocupar cargos de elección popular, para que sea válido:  que los candidatos participantes suscriban con el Gobierno de cada Comuna Ciudadana Municipal un contrato escrito, de derecho público, en que se establezca claramente el cumplimiento de cumplir, estipulados claramente, tanto los compromisos de campaña de cada candidato, cuanto compromisos contenidos en la plataforma electoral y documentos básicos de el ó los partidos políticos que lo hayan postulado;  que haya un abstencionismo no mayor al 30% del total de electores registrados en el padrón respectivo;  que, independientemente de esta proporción, la ciudadanía abstencionista se haya presentado organizada, preferentemente bajo la forma de un partido político abstencionista.

En tal virtud, me permito hacerle una cordial invitación para programar y realizar a la brevedad perentoria reunión de trabajo con usted, en la dirección al calce, orientada a operacionalizar nuestra resolución 3.15, en aras del proceso de democratización del acceso a puestos públicos de elección popular.

Atentamente

“POR LA REFUNDACION DE LA REPUBLICA”

 

Jesús Abel Osbaldo Castillo Sánchez,

Coordinador de la Comisión Central del COCIQROO

c.c.p.  Expediente de Anexos al Resolutivo General del Tercer Congreso Estatal del COCIQROO, Archivo.


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